La IGJ ha delegado a los escribanos de Capital Federal la individualización y rúbrica de los libros de comercio.
Se deberán presentar:
-Fotocopia de la rúbrica y último folio utilizado (con un mínimo del 75%) del libro anterior, o si se trata de extravío la denuncia policial con los siguientes datos: nombre y número del libro, y fecha de la rúbrica
-Fotocopia del estatuto vigente con los datos de inscripción en la IGJ
-Fotocopia del último domicilio inscripto en la IGJ
-Fotocopia del acta de directorio con la distribución de cargos
-Fotocopia de la inscripción en AFIP
-Fotocopia de la tasa anual del la IGJ del año en curso
-Fotocopia del acta de asamblea de elección de autoridades
-Comprobante de reempadronamiento Res. 8/94
-Para autorizar dicha rúbrica debe firmar ante escribano el presidente, vicepresidente director o apoderado de la sociedad
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